El IVA es el Impuesto sobre el Valor Añadido, el cual se paga de manera indirecta al hacer uso de un servicio o al realizar la compra de un bien, este recae sobre el consumidor final y es el valor añadido en la cadena de producción; en este post podrás conocer cómo se calcula el IVA y cómo quitarle el IVA a un precio.
Este impuesto no recae sobre los ingresos, está implícito en la producción, venta de las empresas y la compra de aquellos productos, este lo paga el consumidor final que compra el producto. Actualmente, el IVA en España es del 21% tanto para los autónomos y las empresas, las cuales tienen la obligación de tributar por el IVA.
De acuerdo a la función de la actividad que desarrolles, debes calcular el IVA correspondiente para liquidar el impuesto, debido a que debes pagar a Hacienda la diferencia entre el IVA que te compete y el soportado.
¿Cómo calcular el IVA incluido?
Si quieres calcular el IVA de un importe concreto, necesitas multiplicar la cifra por el porcentaje del IVA aplicado, expresando ese porcentaje en números decimales. Para el caso de un IVA general del 21% se debe calcular la cifra del importe multiplicada por el 0,21 que es el 21% expresado en su forma decimal, 21/100.
Si quieres calcular el precio antes del IVA o cómo quitarle el IVA a un precio de un producto, aquí te compartimos la regla general para cada tipo impositivo de IVA:
- IVA superreducido: Calcula el precio sin IVA x el 1,04.
- IVA reducido: Calcula el precio sin IVA x el 1,10.
- IVA general: Calcula el precio sin IVA x 1,21.
¿Cómo estará el IVA en el 2023?
Hay algunas novedades en el IVA que se van aplicando a lo largo del año 2023, donde prima la modificación técnica sobre la imposición del comercio electrónico. Por ejemplo, en el caso de la modificación del artículo 68 de la LIVA, hay una definición más concreta de cuáles son las reglas de localización de las ventas intracomunitarias de bienes a distancia.
También está presente en la aplicación del umbral y el cálculo del límite de 10.000 euros para seguir tributando de origen; para ello, el proveedor debe estar establecido en un único Estado miembro y desde ahí solo enviar los bienes que ofrezca.
La reducción del IVA está aplicada por el Gobierno durante los 6 primeros meses del año 2023 con el propósito de paliar la subida de precios causada por la guerra en Ucrania. Se produce una baja en el IVA del 4% al 0% en productos de primera necesidad como el pan, harina, huevos, leche, quesos, hortalizas, verduras, frutas, legumbres y otros alimentos.
También hay una rebaja en el IVA del 10% al 15% en la pasta y el aceite de oliva o semillas. Esta medida tiene su vigencia hasta el 30 de junio del 2023, en el caso de que no se consiga una baja del 5.5% de la tasa interanual de la inflación subyacente en el mes de marzo.
Cuáles son los tipos de IVA según su régimen
De acuerdo a las características de tu negocio podrás identificar cómo calcular el IVA incluido y también cómo quitarle el IVA a un precio, todo según los tipos de regímenes de IVA que hay.
- Régimen general: Para este tipo de régimen es necesario que hagas tu factura a tus clientes donde apliques el tipo de IVA correspondiente, dependiendo el producto o servicio que ofreces.
- El IVA del 4%: Se aplica a todos los productos de primera necesidad como los huevos, pan, queso, cereales; elementos como libros, periódicos, revistas no publicitarias, medicamentos, sillas de ruedas, prótesis, viviendas de protección oficial o VPO.
- El IVA del 10%: Es aplicable en los alimentos en general, transporte de viajeros, plantas aromáticas que se utilizan como condimentos, plantas hortícolas, árboles y arbustos frutales.
- El IVA del 21%: Es el porcentaje general que se aplica en casi todos los productos y servicios.
- Régimen simplificado: Como cuota fija trimestral según módulos, está limitado por una serie de actividades reconocidas por Hacienda, determinado por un límite de ingresos, en este caso, 300.000 euros anuales; también debes estar acogido a Estimación Objetiva en el IRPF.
- Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca: En este caso no tienes la obligación de repercutir ni liquidar el IVA por ventas de productos obtenidos en las explotaciones como en la agricultura, ganadería y pesca. Tampoco se deducen las cuotas de IVA soportadas o satisfechas en las adquisiciones de bienes o servicios empleados en la actividad.
- Régimen especial del recargo de equivalencia: Es un régimen obligatorio para los comerciantes minoristas que actúan como intermediarios. El comerciante vende sus artículos con IVA incluido, pero en vez de declararlo y liquidarlo de manera trimestral a Hacienda, este paga un recargo especial en el IVA que incluyen en la factura sus proveedores.
- Se simplifica la gestión del IVA para el autónomo, aunque es necesario que se comunique al proveedor al iniciar gestiones con él, debe incluir el recargo de equivalencia en las facturas que se emitan.
- Régimen especial de criterio de caja: Se otorga una mayor liquidez para los autónomos y las PYMES. Consiste en declarar y liquidar el IVA de las facturas que se han cobrado cada trimestre e implica incluir en la contabilidad este aspecto y no deducir el IVA hasta que no se efectúe el pago al proveedor.
¿Qué actividades están exentas del IVA?
Algunas de las actividades en las que no necesitas calcular el IVA son las de categoría educativa que hacen referencia a las escuelas públicas y privadas. Dentro de estas no están incluidos los cursos a distancia, actividades extraescolares y las clases particulares. También están exentas las operaciones médicas como hospitalizaciones y asistencia sanitaria.
Las actividades sociales, culturales y deportivas que son de carácter social en las que caben las asociaciones privadas sin ánimo de lucro y en las que el presidente ocupa su cargo de manera gratuita. Dentro de estas aplican las bibliotecas, museos, monumentos, zoológicos, etc.
De igual manera, están exentas las operaciones financieras y de seguro como las empresas de seguros, depósitos en efectivo, créditos, préstamos, transferencias, tarjetas de crédito y todo lo relacionado con la banca y seguros. Se aplica también a las operaciones inmobiliarias.