Conocer todas las deducciones en el IRPF por las actividades económicas a la hora de realizar la Declaración de la Renta es fundamental. Por ello, desde EPAE te explicamos todo lo que necesitas saber acerca de este tipo de deducciones, así como los diferentes tipos de actividades que pueden contribuir en ellas y los límites de las mismas.
Toda aquella persona física que contribuya al IRPF y ejerzan actividades económicas, podrán beneficiarse de este tipo de deducciones sobre dicho impuesto, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos por ley.
En este artículo, aprenderás todo lo necesario para efectuar de forma correcta todas las deducciones en el IRPF por tus actividades económicas desarrolladas. Si te interesa este tema, ¡continúa leyendo!
Concepto de actividades económicas en el IRPF
Se consideran actividades económicas todos los rendimientos íntegros del trabajo o del capital de una persona física, siempre que el contribuyente gestione los medios de producción y los recursos humanos por cuenta propia, con el principal objetivo de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.
Además, cabe destacar que para que exista una actividad económica tienen que darse los dos siguientes elementos:
- La existencia de una estructura autónoma de medios de producción o recursos humanos.
- La finalidad de participar en la producción o distribución de bienes o servicios.
En concreto, podemos considerar rendimientos de actividades económicas los ejercicios procedentes de actividades extractivas, de prestación de servicios, de artesanía, agrícolas, ganaderas y forestales, de fabricación, pesqueras, de construcción, mineras o aquellas profesiones liberales, artísticas o deportivas.
Rendimiento de actividades económicas
A la hora de realizar las deducciones en el IRPF por actividades económicas, es de vital importancia saber que existen 3 modalidades distintas de tributación y que son absolutamente incompatibles entre ellos:
- Estimación directa. Dentro de este régimen de tributación podemos distinguir entre dos distintos:
- Normal. Es el régimen general de cálculo de los rendimientos de una actividad económica. Consiste en determinar la renta real y la cierta que obtiene el contribuyente a través de la diferencia entre los ingresos y los gastos computables.
- Simplificada. Este tipo de modalidad es un sistema alternativo a la estimación directa normal, que se caracteriza por la reducción de las obligaciones formales y la simplificación del cálculo de algunos costes.
- Estimación objetiva. Este tipo de régimen será aplicado a las actividades económicas que reúnan los siguientes requisitos:
- Requisitos objetivos.
- Requisitos subjetivos.
- Determinación del rendimiento neto.
Elementos patrimoniales afectos
Cuando una persona física desarrolla una actividad económica, esta lleva consigo una serie de elementos patrimoniales, es decir, unos elementos para poder llevar a cabo el ejercicio de la misma.
Estos elementos patrimoniales afectos son los siguientes:
- Inmuebles. Se trata del lugar donde se va a desarrollar el ejercicio de dicha actividad.
- Bienes destinados a los servicios económicos y socioculturales.
- Otros bienes que sean necesarios para el desarrollo de dicha actividad económica.

Requisitos comunes
Además, para poder acceder y beneficiarse de las deducciones en el IRPF por actividades económicas, se deben de cumplir una serie de requisitos comunes previos, que son los siguientes:
- La inversión en activos relacionados con actividades económicas se deberá realizar en el período impositivo en que se obtenga la renta reinvertida o en el período impositivo siguiente.
- La deducción del IRPF por actividades económicas se realizará sobre la cuota íntegra que corresponda al período impositivo en el que se haga la inversión, siendo la base de la misma la cuantía invertida.
- El porcentaje de dicha deducción será del 5%. Sin embargo, dicho porcentaje podrá ser del 2,5% si se trata de rentas obtenidas en Ceuta o Melilla.
- El importe de la deducción no podrá ser mayor que la suma de la cuota íntegra estatal y autonómica del período impositivo en que se hayan obtenido los rendimientos netos de la actividad económica.
- Salvo pérdida justificada, los elementos patrimoniales invertidos deberán permanecer activos en el patrimonio del contribuyente durante un plazo de 5 años o durante el tiempo de su vida útil, si esta fuera menor.
Límites de deducción
Las deducciones en el IRPF por actividades económicas tienen un límite anual, del mismo modo que ocurre con las sociedades. Estos límites serán los recogidos en el artículo 39 de la Ley 27/2014 y serán aplicados sobre las cuotas resultantes de la reducción de las cuotas totales a nivel estatal y autonómico por el importe del resto de deducciones.
El importe de estas deducciones no podrá ser superior al 25% al de la cuota íntegra del IRPF, minorada en las deducciones por vivienda habitual, por inversión en nuevas empresas y por protección del patrimonio histórico.
Aunque dicho límite, podrá ascender hasta el 50% cuando el importe de la deducción por I+D e innovación tecnológica sea mayor del 10% de la cuota total del impuesto.
Asimismo, cabe destacar que si dicho límite es superado, el exceso no se perderá, ya que se podrá aplicar durante los siguientes 15 años con el mismo límite.

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