A través de la Declaración Intrastat se registran los intercambios de bienes, no de servicios, entre los Estados Miembros de la Unión Europea. Este sistema surge para poder mostrar la información de las mercancías en el comercio intracomunitario. Si este es tu caso, conoce si estás obligado a presentarlo y todos los detalles sobre el Intrastat.
¿Qué es el Intrastat?
Dicha declaración, recoge todas las mercancías que circulen desde un Estado miembro de la Unión Europea a otro y todas las mercancías que circulen entre el territorio de España y el de cualquiera de los restantes Estados miembros de la Comunidad Europea. Lo cual, permite la elaboración de estadísticas de los intercambios de bienes que se producen entre los Estados Miembros de la Unión Europea.
¿Quién está obligado a presentarlo?
Uno de los requisitos fundamentales por el cual se debe declarar el Intrastat es:
- Ser una persona física o jurídica sujeta al IVA que realizando tanto introducción como expedición de mercancía haya superado el umbral de exención establecido que es de 400.000€.
Es importante recordar que según la normativa, debes conservar todas las copias de estos informes 24 meses después de su entrega.
Intrastat plazo
La declaración Intrastat se debe presentar con periodicidad mensual, durante los 12 primeros días naturales del mes siguiente al que se está declarando.
¿Cómo debe presentarse?
Para presentar la declaración Intrastat, tienes disponible dos opciones:
- Formulario en papel, que podrás presentar en cualquier oficina de Intrastat de tu ciudad.
- Bien a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Pudiendo entregarlo tanto el propio declarante como su representante denominado “tercer declarante”.
Códigos intrastat
Si estás buscando la nomenclatura combinada o las tablas de códigos de la estadística de comercio externo puedes consultar todo desde la web de la Agencia Tributaria.
Además, pone a tu disposición un buscador de código de la mercancía,que puede ser de gran utilidad.
Sanciones e infracciones
En el caso de que no hayas entregado en el plazo correspondiente la presentación del Intrastat o lo hayas realizado de forma errónea podrás enfrentarte a una multa entre 60,1 y más de 30.000€
Todo depende de la gravedad de la infracción. Nos encontramos 3 tipos:
- Leves: son las consideradas en el caso en el que hayas presentado fuera de plazo por lo que las cantidades son menores. Con multas de 60,10 a 300,51€
- Graves: cuando no se ha declarado operaciones por encima de 250.000€. Las multas pueden ser de 300,52 a 3.005,06€
- Muy graves se trata de actos realizados que prohíbe la ley. La multas puede ser de 3.005,07 a 30.050,60€
Si cumples con los requisitos para realizar la declaración Intrastat ¡Que no se te olvide entregarlo en el plazo correspondiente! No dejes de seguir todas las novedades y noticias en nuestro blog y también en nuestras redes sociales: Facebook.
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Francisco Martínez
Economista especializado en el asesoramiento fiscal y contable de empresas desde hace más de 20 años, con ganas de alcanzar metas y superarse cada día. Para ello, no ha dejado de renovarse y formarse en el ámbito empresarial, tanto a nivel práctico como teórico.
Ejerce su actividad en la ciudad de Madrid, Granada y Almería impartiendo clases de formación en el ámbito contable y fiscal, creando contenidos relacionados con esa materia y prestando sus servicios a empresas locales y de cualquier otro punto territorial.
Buenas tardes, nos has requerido por tener que presentar la declaración de Intrasat en marzo del año pasado. Se nos paso completamente y nos multan con 300,51 € por la no presentación. Mi pregunta es, nos recomiendas que presentemos desde marzo del año pasado a el ultimo (enero de 2020) antes de que nos los requieran????
Buenos días María,
Con respecto a tu consulta comentarte que, el importe de sanción es el correspondiente a una sanción leve, por lo que teniendo obligación a presentar declaración, es aconsejable regularizar y subsanar antes del requerimiento de la Administración. Si se subsana, por presentación fuera de plazo, llegará la sanción correspondiente pero se debe actuar de buena fe y subsanar antes de un requerimiento.
Un saludo.