La Agencia Tributaria ha establecido un nuevo formato para la presentación de los libros registro. Hasta ahora, todos los profesionales o pymes entregaban los libros pero no tenían marcado unas especificaciones concretas para su presentación. Te contamos el objetivo, las novedades y por qué se ha realizado todos estos cambios.
¿Qué objetivo persigue la AEAT?
A la hora de presentar este documento, la Agencia Tributaria se encontraba que muchos eran incorrectos. Ya que no se establecía de forma clara cómo se debía presentar y por tanto, no se garantizaba que los libros registro estuvieran acorde a lo demandado.
Debido a este problema, se llegaba a dilatar el procedimiento de comprobación e incluso a atrasar la devolución del IVA. Por tanto, la decisión de la AEAT ha sido establecer un formato electrónico donde se marca la presentación de los Libros Registro.
¿Por qué el nuevo formato?
Como hemos comentado, la AEAT en los procedimientos de comprobación requiere a empresas y empresarios libros registro de IVA. Estos libros no contienen toda la información necesaria, por lo que los plazos de comprobación se ampliaban.
Ahora, con el nuevo formato, se establece la compatibilidad entre los libros registro de los contribuyentes. De forma que los libros registros de IRPF puedan ser compatibles con los libros registros de IVA.
Cambios más destacados en los libros registro de IRPF
En la nueva regulación podemos destacar:
- La compatibilización que se recoge en los libros contables con los de los impuestos sobre todo en referencia con el IVA.
- Ahora podrás ver en la Agencia Tributaria un formato de libros registro desde su web. Si quieres saber más puedes ver el nuevo formato aquí. Además, dentro de este documento podrás ver Excel de ejemplo.
- En los libros registros de ventas e ingresos y de compras y gastos se tiene que indicar el número de identificación fiscal del sujeto de la contraparte.
Novedades que se producen en los libros registro de IVA
Entre todos los cambios que se han producido, podemos destacar:
- Reordenación de algunas columnas que contienen la información de “tipo”, “código de país” del NIF del destinatario o del NIF del expedidor, “Clave de la operación“ o “total factura” para mayor facilidad visual.
- Se ha añadido las columnas de “Tipo de recargo Eq” y “Cuota de Recargo Eq” en el libro de facturas recibidas.
- En los campos de fecha se sustituye el guion por la (diagonal)/para facilitar su procesamiento automático conforme al formato fecha de Excel.
- El añadido de las columnas “factura sustitutiva” para evitar una anotación negativa para anular la factura simplificada original y hacer un correcto cálculo del IVA devengado.
Todos estos cambios se aplicarán a las anotaciones registrales correspondientes al 2020 y siguientes. Si te interesa conocer en mayor profundidad, puedes echar un vistazo a la Orden HAC/773/2019 por el que se regula la llevanza de los libros registro sobre el IRPF.
Todavía tienes tiempo antes de que comience el nuevo año para ponerte al día con el nuevo formato. Desde EPAE seguiremos informándote para que no pierdas detalle de todas las novedades. Puedes leer todos nuestros artículos desde nuestro blog y en redes sociales: Facebook.
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Francisco Martínez
Economista especializado en el asesoramiento fiscal y contable de empresas desde hace más de 20 años, con ganas de alcanzar metas y superarse cada día. Para ello, no ha dejado de renovarse y formarse en el ámbito empresarial, tanto a nivel práctico como teórico.
Ejerce su actividad en la ciudad de Madrid, Granada y Almería impartiendo clases de formación en el ámbito contable y fiscal, creando contenidos relacionados con esa materia y prestando sus servicios a empresas locales y de cualquier otro punto territorial.