Modelo 347: ¿Se incluyen las operaciones intracomunitarias?

¿Se deben incluir las operaciones intracomunitarias en el modelo 347?

A la hora de llevar la contabilidad de nuestra empresa y presentar toda la documentación necesaria frente a las instituciones pertinentes, pueden entrarnos dudas como si en el modelo 347 se tienen que incluir las operaciones intracomunitarias o no.

Desde EPAE, conscientes de que esta es una de las dudas más comunes, hemos elaborado este post para tratar de responder a todas las dudas que te puedan surgir al respecto y que sepas con seguridad si en el modelo 347 se deben incluir las operaciones intracomunitarias.

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¿Quieres saber más sobre la relación entre el modelo 347 y las operaciones intracomunitarias? ¡Continúa leyendo este artículo para descubrir todas las claves al respecto!

¿Qué es el modelo 347?

Antes de saber si en el modelo 347 debemos incluir las operaciones intracomunitarias, conviene explicar qué es y para qué sirve este modelo.

El modelo 347 es una declaración informativa que cada año deben presentar todos los autónomos y pymes que hayan realizado operaciones con proveedores o clientes y que en su conjunto superen los 3.005,06 euros.

Tienen obligación de presentar el modelo 347 ante Hacienda tanto los clientes como los proveedores para que, de esta manera, la Administración Pública Tributaria pueda realizar el cruce de los datos y comprobar la correlación entre las operaciones declaradas.

¿Tienen que incluirse las operaciones intracomunitarias en el modelo 347?

Ahora que ya sabes qué es el modelo 347, podemos adelantarte que las operaciones intracomunitarias no se deben reflejar en este modelo, aunque sí deben declararse ante Hacienda mediante las casillas correspondientes del modelo 303 de IVA y en el modelo 349 de operaciones intracomunitarias.

Información sobre la inclusión de operaciones intracomunitarias en el modelo 347
Conoce si es necesario incluir operaciones intracomunitarias en el modelo 347 y cómo cumplir con las declaraciones fiscales correctamente.

Por tanto, en las operaciones intracomunitarias (dentro de la Unión Europea), siempre que el sujeto pasivo realiza ciertas operaciones (entrega comunitaria de bienes, adquisición intracomunitaria de bienes, prestación de servicio intracomunitario o adquisición de servicios dentro de la UE) está obligado a declarar dicha operación en el modelo 349, sin obligación de incluir la operación en el modelo 347. 

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Esperamos que, tras leer este breve artículo sobre la relación entre el modelo 347 y las operaciones intracomunitarias tengas más claro cómo funciona.

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