¿Cómo deducir el alquiler de una vivienda en tu declaración de la Renta 2018?

Cómo Deducir el Alquiler de Vivienda en tu Declaración de la Renta

En muchas ocasiones, el contribuyente no conoce cuales son las condiciones para poder deducir el alquiler de una vivienda en su declaración de la renta. Ya seas propietario o inquilino, cada uno tiene sus condiciones, desde EPAE, te contamos todos los detalles para que sepas cómo deducir el alquiler de la vivienda en tu renta 2018. ¡Toma nota! Puede ayudarte a deducir tu declaración de la renta.

Renta 2018 y alquiler de vivienda

Da igual cual sea la vía que selecciones para rellenar y realizar de forma correcta la declaración de la renta 2018. Como hemos comentado en otros artículos, puedes presentarla a través de la nueva app de la Agencia Tributaria, por teléfono o desde Renta Web.

A la hora de tener en cuenta el alquiler de vivienda, se determinan algunos porcentajes que pueden variar la deducción:

  • Localidad.
  • Edad.
  • Estado civil.
  • Antigüedad del inmueble o del contrato de arrendamiento.

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Gastos deducibles en la renta 2018 como inquilino

Tienes que tener en cuenta los siguientes detalles:

Vivienda habitual

Este tipo de bonificaciones es favorable a las personas menores de 35 años que tenga los contratos posteriores al año 2015. Cuando la base imponible es menor a 24.020€ se permite deducir el 10,05% del alquiler. En caso de que tu contrato sea anterior a la fecha, deberás informarte cómo te afecta.

Deducciones autonómicas

Debes tener en cuenta que los tipos de deducciones al alquiler de vivienda habitual son alrededor del 15%. Pero, en cada comunidad este porcentaje puede variar, y en casos específicos puede variar.

Gastos deducibles como propietario

Toma nota de algunas de las siguientes deducciones en vivienda y renta 2018:

  • Tu hipoteca. Si tu vivienda fue comprada antes del  2013, es muy posible que puedas deducir los intereses y el capital amortizado del préstamo que se utilizó para pagarla. Debes saber que algunas comunidades autónomas, como el País Vasco y Navarra, pueden tener sus condiciones.
  • Gananciales. En el caso de estar acogido a este régimen, como hablamos de patrimonio  compartido, puede resultar una ventaja que presentes tu declaración individual para obtener deducciones independientes.
  • Alquiler. Aplica cuando se arrienda el inmueble a una persona natural como vivienda permanente, y no a una figura jurídica o por temporadas, ya que de lo contrario se pierde la reducción del 60% del rendimiento neto por alquiler de vivienda habitual.
  • Tercera edad. Si el propietario es mayor de 65 años y vende su inmueble, no debe pagar tributos por la ganancia patrimonial. En caso de que se trate de una transmisión de vivienda, no se debe tributar por la ganancia derivada, siempre que sea un máximo de 240.000 euros.
  • Fecha especial. Si se ha transmitido durante este ejercicio fiscal un inmueble adquirido entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre de 2012, se puede reducir la renta obtenida en un 50%, mientras que el comprador no sea un familiar.

Cómo hacer la declaración de la renta 2018

En nuestro artículo Guía para hacer la declaración de la Renta 2018, te explicamos cómo presentar el borrador de la declaración de la renta. Si tienes muchas más dudas en nuestro artículo de dudas frecuentes es posible que encuentres la solución.

Es muy normal sentirse perdido a la hora de tener en cuanta todos los gastos deducibles en tu declaración de la renta. Si quieres asesorar o aprender a hacer la declaración de la renta, encuentra en EPAE nuestro Curso Superior Caso Prácticos de IRPF. Y sobre todo, conoce las últimas noticias, novedades y nuestros consejos a través de nuestro blog y sigue nuestras redes sociales: Facebook, Twitter y Linkedin.

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Francisco Martínez

Economista especializado en el asesoramiento fiscal y contable de empresas desde hace más de 20 años, con ganas de alcanzar metas y superarse cada día. Para ello, no ha dejado de renovarse y formarse en el ámbito empresarial, tanto a nivel práctico como teórico.

Ejerce su actividad en la ciudad de Madrid, Granada y Almería impartiendo clases de formación en el ámbito contable y fiscal, creando contenidos relacionados con esa materia y prestando sus servicios a empresas locales y de cualquier otro punto territorial.

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