El año pasado se aprobó la nueva ley de autónomos, entrando en vigor las nuevas medidas este 2018. Entre todos los cambios y mejoras que se han introducido, desde nuestra Escuela de Prácticas en Asesoría Empresarial, queremos informar con detalle sobre la nueva ley de conciliación para madres autónomas.
A través de esta nueva ley de autónomos se pretende facilitar la vida laboral y familiar. Muy atenta, si quieres incorporarte a la vida laborar tras su cese o vas a darte de baja por maternidad. Ya que podrás disfrutar de la siguientes bonificaciones.
Tarifa plana de 50€ durante 12 meses
Una de las nuevas mejoras con la nueva ley de autónomos, ha sido la tarifa plana de 50€ durante 12 meses. Ampliándose durante 6 meses más en relación al periodo anterior de la nueva ley. Sin embargo, debes cumplir los siguiente requisitos:
- Darte de alta por primera vez. O durante 2 años anteriores no haber estado dado de alta.
- Debes cotizar en la base mínima. En caso de ser una base de cotización superior, puedes disfrutar del 80% en la cuota de la seguridad social durante 12 meses.
Una vez finalizado los 12 meses, la bonificación será la siguiente:
- Del mes 12 hasta el 18, se aplicará una bonificación del 50%.
- Del mes 18 al mes 24, se aplicará una bonificación del 30%.
Tarifa plana de 50€ y bonificación en los 2 siguientes años por maternidad
Todas las mujeres autónomas que hayan cesado su actividad por maternidad y quieran reincorporarse por cuenta propia, podrán disfrutar de la tarifa plana de 50€ si cotizan con la base mínima. Si en tu caso la base con las que vas a cotizar es más alta. Con la nueva ley de autónomos puedes seguir teniendo la ventaja de disfrutar de un 80% de bonificación en tu cuota.
Bonificación por cuidado de hijos
Con la entrada de la nueva ley de autónomos, ahora las personas que tengan a su cargo un menor de 12 años podrán acogerse a la bonificación del 100% en la cuota de autónomos. Esta será durante 12 meses para su cuidado. Pero para ello, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Tendrás que contratar un trabajador en la misma actividad profesional. Este se encargará de suplir las horas en las que debes cuidar de tu hijo.
- Debes continuar de alta en la Seguridad Social durante 6 meses siguientes a la fecha en la que termine la bonificación.
Además de tener hijos menores de 12 años, también se aplica a los autónomos que tengan a cargo personas dependientes o con discapacidad.
Bonificación de cuotas durante baja maternal
Todos los autónomos que se encuentren con descanso por maternidad, paternidad, adopción, riesgos durante el embarazo, adopción o casos similares, mantienen la bonificación del 100% de las cuotas de la Seguridad Social.
Anteriormente se debía realizar un contrato de interinidad, sin embargo ahora no será necesario la contratación de nadie.
Estas nuevas medidas y las bonificaciones correspondientes de la nueva ley de autónomos ya se encuentran vigentes para que puedas acogerte a ellas. Sigue conociendo todas las novedades en nuestro blog y a través de nuestras redes sociales: Facebook.
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Francisco Martínez
Economista especializado en el asesoramiento fiscal y contable de empresas desde hace más de 20 años, con ganas de alcanzar metas y superarse cada día. Para ello, no ha dejado de renovarse y formarse en el ámbito empresarial, tanto a nivel práctico como teórico.
Ejerce su actividad en la ciudad de Madrid, Granada y Almería impartiendo clases de formación en el ámbito contable y fiscal, creando contenidos relacionados con esa materia y prestando sus servicios a empresas locales y de cualquier otro punto territorial.
Gracias por la informacion.
Muy recomendable
Saludos