Si eres una persona física que trabaja por cuenta propia, es decir, como autónomo, debes saber si tienes que emitir factura con retención. Te explicamos qué autónomos deben realizarlas, cómo hacerlo y qué aspectos debes tener en cuenta.
Qué es una factura con retención
¿Sabes que es una retención? Se trata de la cantidad de dinero que de forma anticipada se paga a Hacienda a cuenta del resultado de la declaración de la renta.
Con respecto a la aplicación de retención en las facturas, hay que ser cuidadosos de en qué casos hay que aplicar retención ya que las facturas a clientes particulares, no deberán llevar retención, aunque el autónomo esté dado de alta en las secciones segunda y tercera del IAE.
¿Cuál es el motivo? Que los particulares no tienen obligación de presentar declaraciones de retenciones a la Agencia Tributaria.
Procede aplicar retención cuando el destinatario de la operación sea una empresa, empresario o profesional. El destinatario de la operación, el pagador de esta factura, es el que tiene obligación de ingresar a la Agencia Tributaria el importe de retención de la factura.
Tipo de retención en las facturas
Tienes que saber que tipo vas a aplicar en la factura con retención. Existen diferentes tipos de retenciones. Para actividades profesionales, el tipo general de retención que es el 15%. Pero, si eres autónomo de nuevo inicio, podrás aplicar el 7% en el año de inicio y en los dos siguientes.
Además, si estas dado de alta en alguna de las siguientes actividades, los tipos de retenciones son:
- Actividades en estimación objetiva: 1%
- En actividades agrícolas y ganaderas (salvo las de engorde de porcino y avicultura): 2%
- Actividades forestales: 2%
Cómo emitir una factura con retención
Es el momento de realizar la factura con retención, si quieres saber cómo realizarla paso a paso puedes consultar nuestra guía práctica para hacer una factura. El contenido que debe formar parte de la factura es la siguiente:
- Datos fiscales del empresario que la emite.
- Datos fiscales del destinatario de la operación.
- Fecha de expedición de la factura.
- Número y serie de factura.
- Detalle de los bienes entregados o servicios prestado.
- Base imponible (importe de la operación).
- Tipo impositivo.
- Retención.
- Importe total
- Menciones adicionales que exija la administración como, por ejemplo, si se presta un servicio exento de IVA, en la factura hay que incluir la siguiente mención “operación exenta de IVA”.
El porcentaje de retención se aplica sobre la base imponible de la factura. Veámoslo con un ejemplo, para que puedas entender de forma mucho más sencilla cómo hacerlo:
“Un empresario vende un bien por 750€ al 21% de IVA y la retención que corresponde aplicar es un 15%.” En la factura se tiene que reflejar:
Base imponible: 750€
IVA: 157,50€
IRPF (15%): -112.50€
Total factura: 795€
Obligación de retener IRPF en la factura
Las retenciones tienen que declararlas en el modelo 130 o 131 según corresponda.Es importante tener en cuenta que si éstos autónomos, al menos al 70% de su facturación se le ha aplicado retención, no tendrán dicha obligación.
Los modelos 130 y 131 son los modelos de autoliquidación a través de los cuáles los empresarios que trabajan por cuenta propia como autónomos realizan sus pagos a cuenta de IRPF. Éstos empresarios disfrutarán de los pagos a cuenta de IRPF en el momento de realizar su declaración de la renta.
Si este es tu caso y tienes que presentar el modelo 130, recuerda leer nuestro artículo para evitar los errores más comunes en este modelo. Ahora es el momento de que tu hagas tu propia factura con retenciones. Sigue nuestros consejos a través del blog de EPAE y también en nuestro Facebook.
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Francisco Martínez
Economista especializado en el asesoramiento fiscal y contable de empresas desde hace más de 20 años, con ganas de alcanzar metas y superarse cada día. Para ello, no ha dejado de renovarse y formarse en el ámbito empresarial, tanto a nivel práctico como teórico.
Ejerce su actividad en la ciudad de Madrid, Granada y Almería impartiendo clases de formación en el ámbito contable y fiscal, creando contenidos relacionados con esa materia y prestando sus servicios a empresas locales y de cualquier otro punto territorial.